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RESPUESTAS A LA CONVOCATORIA RFQC/UNFPA/MEX/22/019

RESPUESTAS A LA CONVOCATORIA RFQC/UNFPA/MEX/22/019

2022-07-28

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RESPUESTAS A LA CONVOCATORIA
RFQC/UNFPA/MEX/22/019

Consultoría para realizar el diseño de un mecanismo de financiamiento sostenible de la Estrategia Nacional de Prevención del Embarazo Adolescente (ENAPEA) y un mapeo de los potenciales aliados y donantes para el financiamiento.

1.¿Una persona física o moral mexicana puede participar en consorcio con otra organización de Colombia?
Como se menciona en este RFQ, esta solicitud está abierta a todas las empresas constituidas legalmente en México (personas morales y/o personas físicas con actividad empresarial), organizaciones de la sociedad civil e instituciones académicas que puedan proporcionar los
productos solicitados y tengan capacidad jurídica para entregar productos en el país, o a través de un representante autorizado. El oferente que participe debe presentar su RFC y constancia de situación fiscal. Asimismo, deberá presentar facturas por cada uno de los productos aprobados como entidad constituida legalmente en México. No se aceptarán oferentes bajo el régimen de asimilados a salarios.Los consorcios o joint ventures deberán designar a la figura fiscal que cumpla con los requisitos señalados. El UNFPA asignará un contrato de servicios profesionales únicamente a la entidad que se presente como responsable de la propuesta, no se podrán firmar contratos por separado.

2.¿Para el mapeo de potenciales donantes y alianzas se espera que estos financien al UNFPA ó que el sujeto de financiación y alianzas sean OSC? ¿En otras palabras, quienes son los que se espera, realicen movilización de recursos, las OSC o el UNFPA?

Los recursos movilizados se destinarán a financiar las actividades y componentes de la ENAPEA y serán asignados a las instancias que serán responsables de ejecutarlas o coordinarlas. La propuesta deberá considerar la diversidad de actores que integran el Grupo Inter-institucional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (GIPEA).

3.¿Para las evidencias podría ser suficiente la carátula e índice de los entregables?
Puede ser suficiente con la carátula e índice para aquellos casos en los cuales no se permite compartir el producto, pero se espera que se pueda contar con evidencia de al menos un producto que la empresa, organización de la sociedad civil o institución académica que haya
elaborado donde sea evidente la titularidad del oferente en el desarrollo de dichos proyectos.

4.¿En cuanto al formato de cotización de precios, nuestros costos sólo deben estar divididos en honorarios y gastos directos? ¿Podemos modificar el formato y agregar los costos por entregable como lo solicita la misma convocatoria?
Los conceptos de honorarios y gastos directos que se incluyen en el formato únicamente son un ejemplo. El formato se puede modificar.
Se espera que las cotizaciones incluyan un desglose de todos los conceptos que considere que son necesarios para realizar la consultoría.